El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenó a penas de 20 y 3 años de prisión a los miembros de una red de trata y explotación de mujeres extranjeras, desmantelada en agosto de 2022 mediante la Operación Cattleya.
El tribunal, presidido por Arlin Ventura Jiménez e integrado por Leticia Martínez Noboa y Evelyn Rodríguez, dispuso que las penas sean cumplidas en las cárceles de Najayo-Hombres y Najayo-Mujeres, en San Cristóbal. Asimismo, fijó para el 24 de abril a las 9:00 de la mañana la lectura íntegra de la sentencia.
El tribunal impuso 20 años de prisión a José Alberto Soriano Rosario, Melvin José Valentín Peguero, Wilcene Oscar, Dionicio Mieses de la Cruz (alias Dionis), María Paula Murillo Vargas, Zafiro Nathaly Sánchez González y Engel Neftalí Vargas Soto (Ángel), por tráfico ilícito de migrantes, además del pago de una multa equivalente a 150 salarios mínimos. Asimismo, condenó a 3 años de prisión a Alejandro Arturo García Bustamante (Gato), Robert Eleuterio Lee Paniagua, José Miguel Michel Guridis, Daniel Enrique Inirio Abreu, Cristina Virginia González Hernández, Braulio Manuel Lugo, quienes también deberán pagar una multa.
El tribunal también sentenció a 6 meses de prisión a Oliver Arnaud, conocido como Timothy Case, y descargó a Carlos Jonatthan Walwyn Campusano, además de ordenar la disolución del Hotel Oscar Inn en Santo Domingo.
La decisión fue tomada tras acoger el dictamen de la titular de la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y la Trata de Personas (PETT), Yoanna Bejaran Álvarez, junto con los fiscales Aleika Almonte, Ginna Matías, Noelia Tavera y Eduardo Velásquez. El grupo fue acusado de integrar una estructura criminal dedicada a la trata de personas con fines de explotación sexual y al tráfico ilícito de migrantes.
Según la acusación, los acusados captaban, trasladaban y explotaban sexualmente a mujeres, en su mayoría extranjeras, engañándolas con falsas promesas de empleo en el país. Además, enfrentan cargos por asociación de malhechores y, en algunos casos, por lavado de activos debido a los beneficios económicos obtenidos de esta actividad ilícita.
El Ministerio Público presentó pruebas ante el tribunal que demostraron la vinculación de los acusados, quienes coordinaban sus acciones delictivas mediante grupos de WhatsApp y redes sociales. A través de estos canales, promocionaban a las víctimas, las vendían y obtenían ganancias ilícitas derivadas de la explotación.



