Con la reciente entrega del doble sueldo a los empleados públicos, los trabajadores del sector privado han comenzado a expresar su impaciencia ante la fecha en que sus privilegios están obligados a realizar el pago de la regalía pascual, o sueldo de Navidad. Según el Código de Trabajo vigente, este pago debe efectuarse a más tardar el 20 de diciembre, independientemente de si el contrato de trabajo ha sido resuelto antes de esa fecha, y sin tener en cuenta la causa de la res.
La obligación del pago de la regalía pascual está contemplada en el artículo 220 del Código de Trabajo, dentro del Título VII, que regula el salario de Navidad. De acuerdo con el artículo 219 de la misma ley, el empleador está obligado a pagar a cada trabajador una duodécima parte del salario ordinario devengado durante el año calendario, sin perjuicio de los usos y prácticas de la misma ley.
Sin embargo, la ley también establece un límite máximo para este pago: el salario de Navidad no podrá ser superior a cinco salarios mínimos establecidos por la legislación. Además, se excluyen del cálculo de las horas extras y del salario correspondiente a la participación.
En cuanto a los trabajadores que no hayan prestado servicios durante todo el año, tienen derecho a recibir la regalía pascual de manera proporcional al tiempo trabajado durante el año. Por ejemplo, si un empleado ha trabajado solo tres meses, su pago se calculará en función del tiempo laborado,
Un aspecto importante a tener en cuenta es que, según el artículo 222 del Código de Trabajo, el salario de Navidad, también conocido como «sueldo trece», está exento de impuestos, embargos y no está sujeto al Impuesto Sobre la Renta (ISR). . En el caso de que el contrato laboral termine antes de diciembre, el empleador tiene la obligación de entregar al trabajador una constancia escrita con la cantidad correspondiente al pago de la regalía pascual que le corresponde por e.
Co
El cálculo del doble sueldo o regalía pascual es sencillo. Se trata de sumar todos los ingresos percibidos por concepto de salario durante el año y dividir ese total entre 12 (lo que corresponde a la duodécima parte del salario anual). Por ejemplo, si un trabajador recibe RD$20,000 mensuales y ha trabajado todo el año, al sumar esos 12 sueldos, el total es RD$240,000. Dividiendo esa cantidad entre 12, el trabajador recibirá RD$20,000, que equivale a su salario mensual, pero duplicado por la regalí
En el caso de que el trabajador no haya cumplido un año completo de servicio, el cálculo se hace de manera proporcional. Por ejemplo, si una persona gana RD$15,000 mensuales y ha trabajado tres meses, el total de salarios recibidos en ese período sería RD$45,000. Al dividir esta cantidad entre 12, el resultado será RD$3,750, que es la proporción del sueldo de Navida
Con la cercanía de la fecha límite para el pago de la regalía pascual, los trabajadores del sector privado están a la espera de que sus trabajadores cumplan con esta obligación, un derecho laboral que tiene un gran impacto en la economía de la persona.



