El intenso debate generado por el nuevo Código Penal en torno a la libertad de expresión ha dejado la impresión equivocada de que la República Dominicana introduce por primera vez delitos destinados a proteger el honor de los funcionarios públicos.
Una revisión comparada del Código vigente, la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento y la nueva Ley 74-25 demuestra que las figuras de la difamación, la injuria y el ultraje forman parte del ordenamiento jurídico dominicano desde hace más de un siglo. Lo que hace la Ley 74-25 es conservar ese legado, reorganizarlo, ampliar su alcance, endurecer las penas e incorporar figuras inéditas para responder a la era digital.
El punto de partida es el Código Penal vigente, heredero del Código Napoleónico de 1810. Sus artículos 222 al 225 castigan el ultraje cometido contra magistrados, jueces, agentes de la fuerza pública y determinados servidores públicos mediante palabras, escritos, dibujos, gestos o amenazas relacionadas con el ejercicio de sus funciones. La finalidad era preservar el respeto a la autoridad pública en una época en la que el Estado ocupaba una posición predominante frente al ciudadano.



