{"id":13463,"date":"2024-12-11T15:02:18","date_gmt":"2024-12-11T19:02:18","guid":{"rendered":"https:\/\/elcasternews.com\/?p=13463"},"modified":"2024-12-11T15:02:18","modified_gmt":"2024-12-11T19:02:18","slug":"el-poder-judicial-niega-la-indemnizacion-de-100-000-euros-que-habia-solicitado-el-magistrado-del-caso-juana-rivas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elcasternews.com\/?p=13463","title":{"rendered":"El Poder Judicial niega la indemnizaci\u00f3n de 100.000 euros que hab\u00eda solicitado el magistrado del \u2018caso Juana Rivas\u2019"},"content":{"rendered":"<div id=\"mainContainer\" class=\"__reading__mode__extracted__article__body\">\n<div>\n<article class=\"a _g _g-lg _g-o\">\n<div class=\"a_c clearfix\">\n<p class=\"\">El 29 de junio de 2024, el\u00a0<i>Bolet\u00edn Oficial del Estado<\/i>\u00a0public\u00f3 la \u201cjubilaci\u00f3n voluntaria\u201d del magistrado Manuel Pi\u00f1ar D\u00edaz, el juez que en julio de 2018\u00a0<a href=\"https:\/\/elpais.com\/politica\/2018\/07\/27\/actualidad\/1532680461_767848.html#?rel=listaapoyo\">impuso cinco a\u00f1os de prisi\u00f3n y seis de p\u00e9rdida de la patria potestad de sus dos hijos a Juana Rivas<\/a>. Esa jubilaci\u00f3n se hizo efectiva al d\u00eda siguiente, con el juez a\u00fan con 64 a\u00f1os de edad y ocho antes de cumplir los 72 en los que ya es obligatorio abandonar el juzgado para magistrados y jueces. Tras jubilarse, seg\u00fan ha adelantado\u00a0<a href=\"http:\/\/eldiario.es\/\"><i>eldiario.es<\/i><\/a>, el magistrado solicit\u00f3 una reclamaci\u00f3n patrimonial que hab\u00eda tasado en 100.000 euros por da\u00f1os y perjuicios contra el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Pero el pleno de este \u00f3rgano ha negado este mi\u00e9rcoles 11 de diciembre esa indemnizaci\u00f3n. Por ahora solo se ha hecho p\u00fablica la negativa, pero no las motivaciones.<\/p>\n<p class=\"\">El juez, destinado en los \u00faltimos a\u00f1os en el Juzgado de lo Penal 1 de Granada, se encuentra inmerso en distintas acciones judiciales y disciplinarias. La \u00faltima est\u00e1 fechada en junio de este mismo a\u00f1o, cuando el CGPJ\u00a0<a href=\"https:\/\/elpais.com\/sociedad\/2024-09-05\/el-cgpj-multa-con-1500-euros-al-juez-que-dicto-sentencia-del-caso-juana-rivas.html\">mult\u00f3 al magistrado ya jubilado con 1.500 euros por hacer p\u00fablicos a trav\u00e9s del diario\u00a0<i>ABC<\/i>\u00a0datos sobre una menor<\/a>\u00a0que el \u00f3rgano de gobierno de los jueces consider\u00f3 que nunca debieron haber sido revelados. El juez recurri\u00f3 esta sanci\u00f3n y, seg\u00fan ha confirmado a EL PA\u00cdS, a\u00fan no ha recibido respuesta a sus alegaciones por cuestiones de orden interno del CGPJ. En\u00a0<a href=\"https:\/\/elpais.com\/sociedad\/2023-03-24\/el-cgpj-abre-expediente-disciplinario-por-sus-mensajes-en-redes-al-juez-que-sentencio-a-prision-a-juana-rivas.html\">marzo de 2024, el CGPJ le abri\u00f3 el expediente disciplinario tras la queja del abogado de Juana Rivas, Carlos Ar\u00e1nguez, por el contenido de las publicaciones que el juez difund\u00eda en redes sociales<\/a>\u00a0y medios de comunicaci\u00f3n. En el caso de estas publicaciones, el juez ha mantenido siempre que las publicaciones objeto de la denuncia nunca fueron publicadas en su perfil personal de Facebook y que, por tanto, no son obra suya. El juez, adem\u00e1s, alega que el CGPJ no puede sancionarlo por \u201cactos de su vida privada y personal\u201d.<\/p>\n<p class=\"\">En respuesta a este diario, Pi\u00f1ar ha comentado que su petici\u00f3n de indemnizaci\u00f3n rechazada ahora tiene su origen en que \u201ccuando la comisi\u00f3n permanente del CGPJ decide\u201d abrirle \u201cexpediente disciplinario incurre en dos irregularidades que denotan funcionamiento anormal\u201d. \u201cUna, al dar validez probatoria a unos pantallazos obtenidos sin garant\u00edas de autenticidad y sin intervenci\u00f3n judicial como exige la ley. Y dos, al abrir expediente disciplinario prospectivo sin especificar qu\u00e9 hecho concreto se me imputa y en todo caso sobre unas publicaciones, que aunque fuesen de mi autor\u00eda no ten\u00edan nada que ver con mi funci\u00f3n jurisdiccional y estaban amparadas por la libertad de expresi\u00f3n como advert\u00eda el promotor de la acci\u00f3n y el fiscal\u201d, sostiene el juez. \u201cLa potestad sancionadora del consejo se extiende s\u00f3lo a hechos cometidos por jueces en el ejercicio de su cargo, seg\u00fan la Ley Org\u00e1nica del Poder Judicial. Es como si un empresario decide abrir expediente a un trabajador por lo que opina fuera de su trabajo\u201d, defiende Pi\u00f1ar. A la vez, se pregunta \u201cpor qu\u00e9 el CGPJ no ha abierto expedientes a determinados miembros de la carrera\u201d de los que se ha conocido p\u00fablicamente irregularidades, y de quienes \u201cno hubo ni diligencias informativas que se sepa\u201d.<\/p>\n<p class=\"\">Pi\u00f1ar asumi\u00f3 el juicio de Juana Rivas en 2018 y ninguna de sus actuaciones ha pasado desapercibida. Ya la\u00a0<a href=\"https:\/\/elpais.com\/politica\/2018\/07\/27\/actualidad\/1532717871_680728.html\">fuerte condena \u2014que se fech\u00f3 en el mismo d\u00eda del juicio, como si la decisi\u00f3n la hubiera tomado apenas horas despu\u00e9s de la sesi\u00f3n\u2014 fue muy controvertida<\/a>. Por la dureza \u2014cinco a\u00f1os de c\u00e1rcel, seis de inhabilitaci\u00f3n para la patria potestad y 30.000 euros de indemnizaci\u00f3n de Rivas a su expareja Arcuri por da\u00f1o moral y material\u2014 como por lo escrito en la sentencia, que daba la raz\u00f3n casi en su totalidad a los argumentos de la defensa de Arcuri. La\u00a0<a href=\"https:\/\/elpais.com\/sociedad\/2021-04-26\/el-supremo-reduce-a-dos-anos-y-medio-la-pena-de-prision-a-juana-rivas.html\">sentencia fue recurrida y reducida a la mitad en el Tribunal Supremo<\/a>\u00a0y, finalmente, Rivas consigui\u00f3 un indulto parcial \u2014el Supremo se hab\u00eda opuesto a uno total\u2014 que Pi\u00f1ar no quiso atender en primaria instancia.<\/p>\n<p class=\"\">Ahora, con Rivas en libertad y acompa\u00f1ada de su hijo mayor, que recientemente cumpli\u00f3 la mayor\u00eda de edad, el caso, al que ya solo le quedaban en Espa\u00f1a flecos pendientes derivados de las diferencias entre el abogado de Rivas y el juez jubilado, se ha actualizado en Italia con la petici\u00f3n de la Fiscal\u00eda de ese pa\u00eds de que\u00a0<a href=\"https:\/\/elpais.com\/sociedad\/2024-12-04\/la-fiscalia-italiana-presenta-un-escrito-de-procesamiento-contra-el-ex-de-juana-rivas-por-presunto-maltrato-a-sus-hijos.html\">se procese a Francesco Arcuri por un delito de maltrato a sus hijos<\/a>. El 6 de diciembre, un juzgado de Calgari estudi\u00f3 el caso y se espera alguna decisi\u00f3n judicial para mitad de este mes. Mientras, el hijo menor de Juana Rvias contin\u00faa viviendo con su padre en Italia.<\/p>\n<\/div>\n<\/article>\n<\/div>\n<\/div>\n<div id=\"__reading__mode__content_end_mark_container_id\"><\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El 29 de junio de 2024, el\u00a0Bolet\u00edn Oficial del Estado\u00a0public\u00f3 la \u201cjubilaci\u00f3n voluntaria\u201d del magistrado Manuel Pi\u00f1ar D\u00edaz, el juez que en julio de 2018\u00a0impuso cinco a\u00f1os de prisi\u00f3n y seis de p\u00e9rdida de la patria potestad de sus dos hijos a Juana Rivas. 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